El_(MDL) se encuentra definido en el Articulo 12 del Protocolo de Kioto. Su propósito es el ayudar a las Partes no incluidas en el Anexo I del Protocolo a lograr un desarrollo sustentable y contribuir al objetivo último de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, así como ayudar a las partes incluidas en el Anexo I, a dar cumplimiento a sus compromisos cuantificados de limitación y reducción de emisiones de gases efecto invernadero.
La_Junta_Ejecutiva (JE) del MDL de las Naciones Unidas regula los procedimientos por medio de los cuales un proyecto puede participar en el MDL y generar Reducciones_Certificadas_de Emisiones (CERs por sus siglas en inglés).
Estas reducciones, RCE, o bonos de carbono encuentran compradores en un mercado que se basa en los mecanismos_de_flexibilidad planteados en el Protocolo de Kioto y a las disposiciones legales que para lograr reducciones han implementado los países Anexo I que ratificaron el Protocolo de Kioto. En virtud de estos ingresos provenientes de la venta de CERs o del interés de adquirir los derechos de estas reducciones se hace atractiva o posible la realización del proyecto.
martes, 6 de octubre de 2009
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