martes, 27 de octubre de 2009

Programa GEI México

Programa Piloto de contabilidad y reporte de Gases Efecto Invernadero en México (Programa GEI-México)



La SEMARNAT firmó un convenio de cooperación, el 25 de agosto de 2004, con el Instituto de Recursos Mundiales (WRI por sus siglas en inglés) y el Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo Sustentable (WBCSD por sus siglas en inglés) para iniciar un programa voluntario de contabilidad y reporte de emisiones de gases efecto invernadero (GEI), fundamentado en los Estándares de la"Iniciativa_del_Protocolo de Gases Efecto Invernadero", el Estándar_Corporativo_de_Contabilidad_y_Reporte_(Edición_Revisada) y el Protocolo de GEI para Cuantificación de Proyectos. Esta iniciativa desarrolla herramientas aceptadas y utilizadas internacionalmente para medir y reportar emisiones.

Los objetivos del programa voluntario de contabilidad y reporte de GEI son:

" Identificar oportunidades de reducción de emisiones de GEI para que las empresas mejoren su eficiencia, rentabilidad y sustentabilidad".

" Identificar proyectos que eventualmente puedan participar en mercados internacionales de reducciones de emisiones o bonos de carbono".

" Crear capacidades y obtener información estratégica que permita a los empresarios y al gobierno mexicano identificar oportunidades y futuras disposiciones o reglamentación del régimen internacional relacionado con el cambio climático y el control de emisiones de GEI".

Coordinado por la SEMARNAT, un Comité Asesor orienta el diseño y la implementación de este Programa Piloto. El Comité incluye a miembros de CONCAMIN, organizaciones no gubernamentales mexicanas (CEDES y CESPEDES) e internacionales (WRI y WBCSD), y a funcionarios de la SEMARNAT (SPPA, INE y RETC).

FUNCIONES DEL PROGRAMA

El programa cumple con cuatro funciones específicas:

1.- Suministrar lineamientos y herramientas de cálculo y cuantificación. A través del programa se suministran las herramientas contenidas en los Estándares Corporativos de Cálculo y Reporte del Protocolo de GEI, con el fin de ayudar a las empresas a calcular y reportar sus emisiones.

2.- Proporcionar una plataforma de reporte para registrar emisiones de GEI. El programa incluye el reporte voluntario de emisiones por parte de las empresas. La información sobre GEI será almacenada en la base de datos del programa que coordina la SEMARNAT.

3.- Organizar talleres de información y capacitación. En un esfuerzo por promover el conocimiento de los estándares y las herramientas, se organizan talleres regionales o nacionales para las empresas participantes.

4.- Ofrecer asistencia técnica en la preparación de inventarios y en proyectos de mitigación. Está contemplada la organización de clínicas sectoriales para ayudar a las empresas a desarrollar sus inventarios y proyectos de mitigación de emisiones.



ESPECIFICACIONES DEL PROGRAMA

A) Inventario empresarial

I. Reporte de emisiones

A los participantes en el programa se les solicita enviar por escrito un informe público en el cual suministren sus estadísticas sobre emisiones y demás información pertinente de acuerdo con las reglas y especificaciones que aparecen a continuación:

a) Límites geográficos y organizacionales Se requieren estadísticas empresariales de todas las operaciones en México. Los datos por instalación son opcionales. La entidad empresarial se define en el ámbito nacional. Se requiere que las compañías establezcan sus fronteras organizacionales de acuerdo con los estándares que sobre el particular contiene el Protocolo de GEI (Edición revisada).

b) Gases cubiertos Se requieren las emisiones de los seis GEI considerados en el "Protocolo de Kioto" -bióxido de carbono (CO2), metano (CH4 ), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6).

c) Ámbitos de emisión cubiertos Según el Protocolo de GEI, se requieren los alcances 1 y 2. El alcance 3 es opcional.

Alcance 1: Emisiones directas de GEI (estacionarias, de proceso, móviles y fugitivas) originadas en instalaciones propiedad de la empresa o que se encuentren bajo su control.

Alcance 2: Emisiones indirectas de GEI provenientes de la compra y consumo de electricidad, calefacción o vapor.

Alcance 3: Otras emisiones de GEI relacionadas con sus actividades pero producidas fuera de sus instalaciones y que no están directamente bajo su control (por ejemplo: viajes de negocios de los empleados; transporte de productos, materiales y desperdicios; actividades subcontratadas; y emisiones asociadas a la obtención de insumos para la empresa).

II. Base de datos de los inventarios El reporte de las emisiones será almacenado en una base de datos en la SEMARNAT.

III. Principios y metodologías de medición y reporte Se requiere que los participantes sigan las normas y principios especificados en los Estándares Corporativos de Cálculo y Reporte del Protocolo de GEI publicados en la edición revisada de marzo de 2004.

IV. Herramientas de cuantificación Los participantes pueden emplear las herramientas de cálculo del Protocolo de GEI o las propias, siempre y cuando estas últimas sean coherentes con las de este Protocolo (www.ghgprotocol.org ).

V. Verificación Es recomendable una verificación por parte de terceros para garantizar que el informe de reporte de emisiones haya sido preparado de acuerdo a los Estándares Corporativos de Cálculo y Reporte del Protocolo de GEI (Edición revisada).



Información especifica sobre el programa GEI México y Reportes de Empresas Participantes

0 comentarios:

Publicar un comentario